Podrán importar autos a Cuba, todas las personas jurídicas cubanas y extranjeras con representación en el territorio, dígase: MIPYMES, Cooperativas, Embajadas, Empresas extranjeras radicadas en Cuba, Instituciones religiosas, Empresas jurídicas, ONGs o cualquier otra forma de gestión. También podrán importar las personas naturales con residencia permanente en Cuba. En ambos casos, se debe cumplir con los requisitos establecidos por las regulaciones cubanas vigentes.